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    ¿Qué grava y quién se verá afectado?

    • El canon del agua grava el consumo real o potencial del agua por la afección al medio que su utilización pudiera producir.
    • El canon se aplicará:
      • Al agua suministrada al usuario por terceras personas.
      • Al agua procedente de captaciones superficiales, subterráneas, pluviales o escorrentías, marinas o de cualquier otra procedencia efectuadas por las propias personas usuarias.
      • A cualquier utilización de agua, independientemente de su procedencia o fuente de suministro, esté asociado o no a un uso productivo, sea o no medido mediante contadores homologados y sea o no facturado.